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INICIO YUCATÁN     Sábado, 18 • Febrero • 2012

Entra en vigor legislación de avanzada para juzgar a menores


 
Al entrar este sábado en vigor la nueva Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Yucatán se establece que el proceso para juzgar a menores de edad en conflicto con la ley será acusatorio y oral.

La nueva norma crea un efectivo sistema integral de justicia para adolescentes al establecer una legislación especial, buscando que el nuevo marco sea respetuoso de las garantías fundamentales, para que menores con 12 años cumplidos y hasta los 18 años de edad tengan el derecho de ser sometidos a un adecuado proceso legal.

La Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Yucatán tiene como eje rector la reintegración social, familiar y cultural del menor de edad.

Se establece el proceso que se debe seguir en caso de los adolescentes en conflicto con la ley penal que estará dividido en tres etapas: la de investigación, la intermedia y la de juicio oral. De igual manera, se instituyen como recursos la revocación, la apelación, la casación y la revisión.

Es oportuno destacar que la Legislatura local determinó que la reparación del daño no correría únicamente a cargo del adolescente, sino también de manera solidaria por sus padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad, en términos del artículo 1108 del Código Civil del Estado.

El pasado 27 de septiembre, los diputados del PRI, PAN, PRD y PVEM, en sesión del pleno, aprobaron por unanimidad incrementar las medidas de internamiento como medio para inhibir la ejecución de conductas delictivas.

Las medidas de privación de libertad serán de uno a 15 años. De tal manera que tendrán una sanción de hasta por 15 años quienes hayan cometido homicidio doloso o en razón del parentesco; privación ilegal de la libertad, solicitar rescate y causar daño a la víctima; por violación y por el delito de robo relacionado con vehículo automotor.

Se sancionará hasta por 10 años: delitos contra el orden constitucional, corrupción de menores, pornografía infantil y cuando las lesiones propinadas por un adolescente afecten un órgano.

De igual forma, por 8 años a quienes comentan asalto y lesiones; hasta por 7 años a quienes incurran en robo con violencia y hasta por 4 años por el delito de robo calificado, cuando el importe de lo robado sea mayor de 100 salarios mínimos y menor de 800.

El ejercicio de la acción para las conductas tipificadas como delitos que cometan los adolescentes corresponderá al Ministerio Público Especializado.

Otro principio es el de la privacidad, mediante el cual se respeta la intimidad, privacidad personal familiar del adolescente y consecuentemente se prohíbe la publicación por cualquier medio de comunicación de dato alguno que directa o indirectamente posibilite la divulgación de su identidad.

Asimismo, se establecen como mecanismos alternativos de solución de controversias la mediación, la conciliación y todos aquéllos que sean adecuados para la solución pacífica de controversias entre las partes, de conformidad con lo establecido en la Ley de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en el Estado.

Los procesos que se encuentren pendientes de trámite o hayan sido iniciados con anterioridad se continuarán conforme a los procedimientos previstos en la Ley que se abroga y únicamente se aplicará la nueva norma en aquello que beneficie a los adolescentes sujetos a proceso.

A partir de hoy, el Poder Ejecutivo contará con un plazo de 180 días para realizar las adecuaciones normativas y administrativas pertinentes para el correcto funcionamiento del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes y para la aplicación de esta nueva ley.

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